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title: "Calculadora de IVA e IRPF 2026 gratis: añadir o quitar IVA"
description: "Añade o quita el IVA (21 %, 10 %, 4 %) y calcula facturas de autónomo con retención de IRPF y recargo de equivalencia. Gratis."
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publisher: Kyros Software
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# Calculadora de IVA e IRPF 2026 gratis: añadir o quitar IVA

Añade o quita el IVA (21 %, 10 %, 4 %) y calcula facturas de autónomo con retención de IRPF y recargo de equivalencia. Gratis.

> Esta página es una herramienta interactiva y gratuita: se usa en el navegador, en https://utils.kyros-software.com/calculadora-iva-irpf. Aquí va la guía y las preguntas frecuentes.

## Cómo sumar el IVA a un precio

Multiplica el precio sin IVA por 1 más el tipo: por 1,21 para el 21 %, por 1,10 para el 10 % o por 1,04 para el 4 %. Así, 100 € sin IVA son 121 € con IVA.

## Cómo quitar el IVA de un precio

Si un precio ya lleva IVA, divide entre 1 más el tipo: para el 21 %, entre 1,21. Así, 121 € con IVA son 100 € de base y 21 € de IVA. En la calculadora, elige «Quitar IVA».

## Qué es la base imponible

Es el importe sobre el que se calculan los impuestos: el precio de tu trabajo o producto sin IVA. En una factura, el IVA y la retención se calculan siempre sobre la base imponible, nunca sobre el total.

## Cómo se calcula el IVA y la retención de una factura

Todo parte de la base imponible, que es el precio de tu trabajo sin impuestos:

-   **IVA** = base × tipo de IVA. Con 1.000 € al 21 %, son 210 €.
-   **Retención** = base × tipo de retención. Con 1.000 € al 15 %, son 150 €.
-   **Total** = base + IVA − retención. En el ejemplo, 1.060 €.
-   Cada importe se redondea al céntimo por separado, como aparece en la factura.

## Total de la factura y líquido a cobrar

El total de la factura es la base más el IVA. Si aplicas retención, el cliente te paga el total menos la retención: eso es el líquido a cobrar. Con 1.000 € de base, 21 % de IVA y 15 % de retención, la factura suma 1.210 € y cobras 1.060 €.

## Quién aplica retención y cuánto

Los profesionales autónomos retienen un 15 % cuando facturan a empresas u otros autónomos, o un 7 % el año de alta y los dos siguientes. Quien alquila un local retiene un 19 %. Las facturas a particulares y a clientes del extranjero no llevan retención. La retención no es un gasto: es un adelanto de tu IRPF que tu cliente ingresa en Hacienda por ti.

## Preguntas frecuentes

### ¿Cómo se calcula el IVA de una factura?

Multiplica la base imponible por el tipo de IVA: con 1.000 € de base y un 21 %, el IVA es 210 € y el total con IVA, 1.210 €. Si además aplicas retención, réstala del total.

### ¿Cómo quito el IVA a un precio?

Divide el precio entre 1,21 si el IVA es del 21 %, entre 1,10 si es del 10 % o entre 1,04 si es del 4 %. Por ejemplo, 242 € con IVA son 200 € de base.

### ¿Cuándo se aplica la retención del 7 %?

La pueden aplicar los profesionales que inician actividad, durante el año de alta y los dos siguientes, siempre que no hayan ejercido una actividad profesional el año anterior. Hay que comunicarlo por escrito al cliente.

### ¿Las facturas a particulares llevan retención?

No. Solo se retiene cuando el cliente es una empresa o un autónomo que actúa como tal. A particulares y a clientes extranjeros se les factura sin retención.

### ¿Qué es el recargo de equivalencia?

Un recargo que el proveedor añade en las facturas a comerciantes minoristas personas físicas acogidos a ese régimen: 5,2 % con IVA general, 1,4 % con reducido y 0,5 % con superreducido. El minorista no presenta IVA por esas ventas.

### ¿Qué es la base imponible?

El importe sin impuestos sobre el que se calculan el IVA y la retención de IRPF. En una factura de 1.000 € más IVA, la base imponible son los 1.000 €.

### ¿Qué diferencia hay entre el total de la factura y el líquido a cobrar?

El total es la base más el IVA. El líquido a cobrar es lo que de verdad te ingresa el cliente: el total menos la retención de IRPF. Sin retención, las dos cifras coinciden.

## Fuentes oficiales

Los cálculos y los textos de esta página se basan en estas normas y publicaciones oficiales.

-   [Ley 37/1992, del Impuesto sobre el Valor Añadido (BOE)](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1992-28740)
-   [Agencia Tributaria: IVA](https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/iva.html)
-   [Agencia Tributaria: retenciones (cuadro de tipos y algoritmo de cálculo de 2026)](https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/Retenciones.shtml)
-   [Real Decreto 439/2007, Reglamento del IRPF (BOE)](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2007-6820)

Última revisión: 21 de octubre de 2026

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